Hay una serie de aspectos a tener en cuenta para poder obtener la licencia de una actividad en Valencia, entre ellos podemos destacar los siguientes:
Se deberá de cumplir El Código Técnico de la Edificación Sección SUA. y , por tanto, algunas de las actividades deberán de estar adaptadas para usuarios en silla de ruedas, tanto aseo adaptado como itinerario adaptado. En cuanto al acceso al local no podrá haber escalones y si tendrá que disponer de una rampa de acceso al local que tendrá que tener una pendiente determinada en función de la longitud. El ancho mínimo de la puerta será de 80 cm.
El itinerario en el interior del local también deberá de estar adaptado a minusválidos de manera que sean lo suficientemente anchos para la circulación de la silla de ruedas.
Las puertas de paso interiores deberán de tener un ancho mínimo de 80 cm.
Ventilación de la actividad
Las actividades deben estar ventiladas, bien de forma natural (a través de puertas y ventanas) o bien mecánicamente con un ventilador. La normativa que le aplica a la ventilación de las actividades es el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE). Según esta normativa las actividades dispondrán de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite la formación de elevadas concentraciones de contaminantes. Las categorías de calidad del aire interior se clasifican en función de las actividades,
En función del uso del edificio o local, la categoría de calidad del aire interior (IDA) que se deberá alcanzar será, como mínimo, la siguiente:
IDA 1 (aire de óptima calidad): hospitales, clínicas, laboratorios y guarderías.
IDA 2 (aire de buena calidad): oficinas, residencias (locales comunes de hoteles y similares, residencias de ancianos y de estudiantes), salas de lectura, museos, salas de tribunales, aulas de enseñanza y asimilables y piscinas.
IDA 3 (aire de calidad media): edificios comerciales, cines, teatros, salones de actos, habitaciones de hoteles y similares, restaurantes, cafeterías, bares, salas de fiestas, gimnasios, locales para el deporte (salvo piscinas) y salas de ordenadores.
IDA 4 (aire de calidad baja)
A cada IDA le corresponderá un caudal de ventilación diferente:
IDA 1: 20
dm3
/s por persona
IDA2: 12,5 dm3 /s por persona
IDA3: 8
dm3 /s por persona
IDA 4: 5
dm3 /s por persona
Para locales donde esté permitido fumar, los caudales de aire exterior serán, como mínimo, el doble de los indicados
El número de personas será el calculado según las tablas de la Sección SI3 del Código Técnico de la Edificación, este método de cálculo del aforo se explicará posteriormente.
Esta ventilación se puede conseguir por un ventilador de extracción de aire o bien la misma instalación de climatización, si tiene aportación de aire exterior, se puede utilizar como ventilación del local y así cumplir con lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los edificios (RITE).
Aislamiento acústico del local
Las actividades deberán de tener un aislamiento acústico tal que no provoque molestias a los vecinos. A veces se deberá de hacer una sonometría en la vivienda más próxima a la actividad para determinar si el aislamiento es suficiente para evitar molestias a los vecinos o bien se ha de aislar la el local o edificio.
Cálculo del aforo del local
El aforo del local vendrá determinado por las tablas de la Sección SI 3 (Evacuación de ocupantes) del Código Técnico de la Edificación. El local se dividirá en varias superficies y cada superficie tendrá una ocupación.
Las condiciones de las zonas de riesgo especial serán:
Resistencia al fuego de la estructura portante: (Minutos que puede aguantar el fuego la estructura sin venirse abajo)
Riesgo Bajo: R90
Riesgo medio: R120
Riesgo alto: R180
Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio:
Riesgo bajo: EI 90
Riesgo medio: EI 120
Riesgo alto: EI 180
Vestíbulo de independencia en cada comunicación con el resto del edificio:
Riesgo bajo: No hace falta.
Riesgo medio: Sí hace falta.
Riesgo alto: Sí hace falta.
Puertas de comunicación con el resto del edificio:
Riesgo bajo: EI2 45-C5
Riesgo medio: 2 x EI2 30 -C5
Riesgo alto: 2 x EI2 45-C5
Las puertas standard de resistencia al fuego son las EI2 60-C5 que son las que se suelen utilizar ya que son más resistentes al fuego que las mínimas que marca la normativa.
Máximo recorrido hasta alguna salida del local:
Riesgo bajo: ≤ 25 m
Riesgo medio: ≤ 25 m
Riesgo alto: ≤ 25 m
El recorrido de evacuación del local será la distancia entre cualquier punto del interior del sector de riesgo y la salida al exterior. Se considerará el recorrido máximo y en ningún caso puede superar los 25 metros.
Las paredes, suelos y techos del local deben tener la siguiente reacción al fuego:
Si la estructura del local es de hormigón prácticamente seguro que alcanzamos la resistencia al fuego que nos exige el Código Técnico de la Edificación, sin embargo, cuando la estructura es metálica o de madera, será necesaria la ignifugación de la estructura hasta alcanzar la resistencia al fuego requerida en cada caso.
Protección en caso de incendios
La salida del local deberá de abrir hacia el interior del local y que disponga de un ancho suficiente para que se garantice la correcta evacuación de la gente que esté en el local en el momento del incendio sin provocar ninguna situación de pánico.
Los recorridos de evacuación deberán de ser de 25 metros desde casi cualquier punto del local, exceptuando algunos, hasta la salida a un espacio exterior seguro. Este recorrido se puede ampliar a 50 metros siempre y cuando haya dos puertas de salida a la calle y éstas estén lo suficientemente alejadas.
La slaida del local y los recorridos hasta las salidaas del local deben de estar correctamente señalizados con las señalizads diseñadas exclusivamente para eso y iluminados con luces de emergencia en caso de que haya un corte de luz durante la evacuación del local.
El local deberá de disponer de las instalaciones contra incendios que se muestran en la siguiente tabla en función del uso del edificio:
Proyectos de obras
Cuando se va a iniciar una actividad, habitualmente se tienen que hacer obras de reforma, ya sea para mejorar la imagen del local o para adecuarlo a normativa.
Cuando estas obras afectan a la distribución se tiene que presentar un proyecto de obras justificando que las obras cumplen normativa y que la actividad que se desarrollará posteriormente también cumple la normativa vigente.
Es importante destacar que, hasta que no se tiene la licencia favorable, no se pueden iniciar las obras en el local.