Hay una serie de aspectos a tener en cuenta para poder obtener la licencia de una actividad, entre ellos podemos destacar los siguientes:
Ventilación de la actividad
Las actividades deben estar ventiladas, bien de forma natural (a través de puertas y ventanas) o bien mecánicamente con un ventilador. La normativa que le aplica a la ventilación de las actividades es el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE). Según esta normativa las actividades dispondrán de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite la formación de elevadas concentraciones de contaminantes.
Altura del local
La altura libre mínima de las oficinas de la nave tiene que ser de 2,5 m que se puede ver reducida a 2,1 m en zonas como los aseos, almacenes o cámaras de residuos. La altura libre se refiere, en caso de haber falso techo, a la altura desde el suelo hasta el falso techo.
Aislamiento acústico del local
Las actividades deberán de tener un aislamiento acústico tal que no provoque molestias a los vecinos. En caso de sobrepasar los valores indicados por la normativa se deberá de aislar acústicamente el local.
Resistencia al fuego de la estructura
Si la estructura de la nave es de hormigón prácticamente seguro que alcanzamos la resistencia al fuego que nos exige el Código Técnico de la Edificación, sin embargo, cuando la estructura es metálica o de madera, será necesaria la ignifugación de la estructura hasta alcanzar la resistencia al fuego requerida en cada caso. En caso de ignifugación de la estructura, en Barcelona es obligatorio que una Entidad haga una comprobación del espesor del material ignífugo instalado en la nave.